La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, a través del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR) junto con el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE) llaman a la presentación de proyectos cuyo objetivo sea mejorar la competitividad de empresas productoras de bienes a través de la Modernización Tecnológica de productos o procesos.
BENEFICIARIOS
Empresas productoras de bienes legalmente establecidas en el país que hayan facturado en el último ejercicio hasta $200.000.000 (doscientos millones de pesos).
TIPOS DE PROYECTOS A FINANCIAR
- Modificación o mejora de tecnologías de productos o procesos, respecto de las que están siendo utilizadas actualmente por las empresas.
- Introducción de tecnologías de gestión de la producción que potencien la competitividad.
- Desarrollos tecnológicos necesarios para pasar de la etapa piloto a la etapa industrial.
- Adquisición de tecnología incorporada en equipos para producción y el esfuerzo de ingeniería asociado al mismo.
- Incorporación de tecnologías de información y comunicación al proceso productivo.
Implementación de sistemas de calidad.
- Implementación de sistemas de calidad.
Solamente se financiarán aquellos proyectos correspondientes a empresas elegibles del sector productor de bienes, que junto con la demanda de bienes físicos soliciten financiamiento para bienes intangibles: estudios de mercado y tecnologías, desarrollo de actividades de diseño e ingeniería, introducción de sistemas de gestión de la calidad, incorporación de tecnologías de información, desarrollos tecnológicos necesarios para pasar de la etapa piloto a la etapa industrial, etc. El gasto destinado a intangibles deberá ser de al menos el 10% y menor al 30% del costo total del proyecto. Los gastos de Construcción de instalaciones específicas o remodelaciones esenciales para el desarrollo del proyecto no podrán superar el 20% del costo total.
PRESUPUESTO DEL PROYECTO
Serán considerados gastos elegibles en el marco de cada proyecto los rubros que a continuación se detallan:
- Personal de dirección, investigación y de apoyo técnico.
- Equipamiento requerido para la ejecución del proyecto.
- Construcción de instalaciones específicas o remodelaciones esenciales para el desarrollo del proyecto, no pudiendo superar las mismas el 20% del costo total.
- Capacitación y reentrenamiento de recursos humanos relacionadas con las actividades del proyecto;
- Adquisición de licencias de tecnología necesarias como parte del desarrollo tecnológico a realizar;
- Insumos y/o materiales necesarios para la construcción de prototipos, plantas piloto o puesta a punto;
No se considerarán gastos elegibles como parte del presupuesto del proyecto:
- Gastos generales y de administración de los beneficiarios;
- Reestructuración de deudas, pago de dividendos o recuperaciones de capital ya invertidos;
- Transferencias de activos: adquisición de acciones, de participaciones en el capital social u otros valores mobiliarios, etc.;
- Pago de cesantías;
- Retiro de socios, vacaciones y Sueldo Anual Complementario (SAC).
- Capital de trabajo;
- Compras de inmuebles;
- Contribuciones en especie;
- Alquileres
- Todo otro gasto innecesario e incompatible con el logro de los resultados previstos en el proyecto.
Se reconocerán aquellos gastos asociados al proyecto que sean realizados a partir de la fecha de notificación por medio fehaciente a la empresa de la factibilidad de la Idea-Proyecto, realizada por el FONTAR.
FINANCIAMIENTO
El monto a financiar mediante el crédito será de entre $1.000.000 a $4.000.000, sin IVA, y cubrirán hasta el 80% de las inversiones requeridas por la empresa en el marco del proyecto aprobado, aportando la empresa la contraparte correspondiente.
PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo máximo de ejecución de un proyecto será de hasta 24 meses, incluido en el plazo de gracia.
TASA DE INTERÉS
La tasa de interés a percibir bajo el préstamo será combinada, conformándose en un ochenta y cinco por ciento (85%) por un componente fijo, del seis con cuarenta y cinco por ciento nominal anual (6,45% TNA), y en un quince por ciento (15%) por un componente variable, el cual resultará de adicionar a la tasa nominal anual seguidamente definida como BASE* un margen fijo de ciento cincuenta (150) puntos básicos (1,50%).
AMORTIZACIÓN Y PLAZO DE GRACIA
Los plazos máximos de amortización no podrán exceder de nueve (9) años, incluidos dos (2) años de gracia. El período de gracia incluirá el plazo de ejecución del proyecto aprobado y solo podrá aplicarse para la amortización de capital.
DESEMBOLSOS
El beneficio se desembolsará en un todo de acuerdo con el cronograma que forma parte del proyecto aprobado. El primer desembolso tendrá carácter de anticipo y los desembolsos posteriores se efectuarán previa verificación y aprobación técnica de la etapa prevista en el plan de trabajo aprobado y técnica-contable de la rendición de cuentas presentada.
PRESENTACIÓN DE PROYECTOS
La empresa deberá presentar en primera instancia el “Formulario de Idea-Proyecto CAE BICE” ante el FONTAR para determinar la factibilidad del proyecto. Si el proyecto resulta con factibilidad positiva la empresa deberá formular el proyecto definitivo.
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* Se define como tasa BASE a la tasa de interés nominal anual denominada ’BADLAR PROMEDIO’, esto es, la tasa de interés nominal anual publicada por el Banco Central de la República Argentina para depósitos a plazo fijo de más de un millón de Pesos ($ 1.000.000,-), de treinta (30) a treinta y cinco (35) días de plazo, construida a partir de la información suministrada por la totalidad de los bancos, tanto ’públicos’ como ’privados’, con casas o filiales en la Capital Federal y/o el Gran Buenos Aires, todo lo cual de acuerdo con lo establecido en el ‘Sistema Centralizado de Requerimientos Informativos - SISCEN 0002 - Tasas de Interés por Depósitos en Capital Federal y Gran Buenos Aires.
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Documentos relacionados:
Formulario de Idea-Proyecto CAE BICE (.doc) |